La fiscal Haifa Aissami, arriba en la foto, es hermana del MinPopo de Interiores Tarek Aissami
Cita:
Ramificaciones familiares
A la cuestionada presidenta del Circuito Judicial Penal de Caracas, Belkis Cedeño, señalada por el magistrado Velázquez Alvaray de pertenecer, junto con el juez Maikel Moreno, a la banda de los Enanos, también le atribuyen gran influencia en la selección de jueces y fiscales “afectos al proceso” y la persecución de funcionarios institucionales.
De hecho, su hija, Belmy Rossana Salcedo Cedeño, notaria quinta del estado Miranda, con sede en la urbanización La Trinidad de Caracas, desempeñó durante casi dos años el cargo de subdirectora de Fiscalías Superiores del Ministerio Público. El quid no queda allí. Según fuentes del Ministerio Público, la hoy directora de Fiscalías Superiores del Ministerio Público, Lesbia Margarita Morales Castillo –ex jefa de la joven notaria–, escaló a esa posición en muy corto tiempo “negociando” su cargo anterior como fiscal superior del estado Apure. De hecho, es difícil explicar cómo fue que ascendió a fiscal 49 con competencia nacional la fiscal sexta de Protección y Familia del Apure, Haifa Aissami Madah, después de incurrir en “ultraje corporativo en detrimento de los intereses institucionales del Ministerio Público y, por ende, del Poder Ciudadano”, según el oficio número DFS–04–1908–01, enviado por la otrora fiscal superior de Apure, Lesbia Morales, al fiscal general el 5 de octubre de 2001, en el cual le solicitaba designar a un fiscal especial que iniciara una pormenorizada investigación.
“El Zorro”
El supuesto “ultraje corporativo” cometido por la fiscal auxiliar sexta, Haifa Aissami, en contra de un grupo de fiscales de esa entidad regional ocurrió cuando Aissami se dedicaba a “la distribución y empapelamiento de paredes en plena vía pública y en edificaciones oficiales en la ciudad de San Fernando de Apure... . mediante los cuales, de manera perversa, se coloca en entredicho la integridad profesional y –más grave– la dignidad de ciudadanas y ciudadanos funcionarios de esta Fiscalía”. Según el expediente, la mencionada fiscal, junto con el tercero de Proceso de Apure, Jhonny Silva Acosta, repartía volantes y pegaba afiches en las plazas y postes de la ciudad de San Fernando, exponiendo al escarnio público a todos sus compañeros fiscales, calificándolos de “matraqueros”, “vagabundos”, “pegamujeres”, “corruptos”, entre otros insultos firmados con el seudónimo de “el Zorro”. Es decir, que la actual Fiscalía General, en evidente contraposición y contradicción a su campaña publicitaria, se ha convertido en juez y parte a la hora de perseguir e intimidar a quienes no se muestran incondicionales con la causa revolucionaria. Esta especie de Torquemada del Ministerio Público es hoy una de las colaboradoras más cercanas a Isaías Rodríguez, y ha sido encargada de adulterar pruebas en el infame juicio político seguido a los comisarios Simonovis, Vivas y Forero, según declaraciones de los defensores de los acusados. La fiscal Haifa Aissami es hermana del diputado del MVR Tarek Aissami.
(Marianella Salazar)
Los detalles de la condena de los comisarios de la PM
Tras los contundentes órganos de pruebas presentados por el Ministerio Público, fueron sentenciados tres comisarios y siete funcionarios de la Policía Metropolitana (PM), a penas que oscilan entre 30 y 3 años, al demostrarse su responsabilidad penal en las muertes de dos ciudadanos y las heridas y lesiones sufridas por otras personas, hechos ocurridos en el centro de Caracas el 11 de abril de 2002.
En el juicio oral y público, las fiscales nacionales Jessica Waldman (5°), María Alejandra Pérez (6°), Haifa Aissami (49°) y Ana Navarro (62°), ratificaron las acusaciones contra los comisarios Iván Simonovis, Lázaro Forero, Henry Vivas, y los ocho efectivos de la PM, Marco Hurtado, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Julio Rodríguez, Erasmo Bolívar, Luis Molina, Ramón Zapata y Rafael Neazoa.
De esta manera, el Tribunal 4° de Juicio de Aragua condenó a 30 años de presidio a los comisarios Iván Simonovis, Henry Vivas y Lázaro Forero,
discriminados los delitos de la siguiente manera:
1) Cómplices necesarios en el delito de homicidio calificado en perjuicio de Rudy Duque y Erasmo Sánchez.
2) Cómplices necesarios en homicidio calificado frustrado en perjuicio de Elis Enrique Hernández, Yesenia Fuentes y otros ocho ciudadanos.
3) Cómplices necesarios en el delito de lesiones personales graves en grado de complicidad correspectiva en perjuicio de Daniel Viera López, Edgar Márquez y otros tres ciudadanos.
4) Cómplices necesarios en el delito de lesiones personales leves en perjuicio de Daniel Treviño Colina, Orlando Enrique José y otros cinco ciudadanos. Los comisarios fueron absueltos del delito de complicidad correspectiva en las lesiones y heridas en perjuicios de López Isaac y otras cinco personas.
Conviene destacar que el Tribunal no acogió ninguno de los delitos por el deceso de Josefina Rengifo, pues no se logró demostrar durante el juicio que los funcionarios acusados guardasen relación con la muerte citada ciudadana.
En el caso de cuatro de los PM, Luis Molina, Erasmo Bolívar, Julio Rodríguez y Héctor Rovaín fueron condenados también a 30 años de presidio, cada uno, por la comisión, en grado de complicidad correspectiva, de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves y leves.
Respecto a Marco Hurtado fue sentenciado a 16 años y 18 meses de prisión por homicidio calificado en grado de complicidad en perjuicio de Rudy Alfonso Duque y Erasmo Sánchez.
Arube Pérez Salazar fue sentenciado a 17 años por los delitos de homicidio calificado en grado de complicidad y uso indebido de arma de fuego en perjuicio de las víctimas Rudy Alfonso Duque y Erasmo Sánchez. Sin embargo, el Tribunal 4° de Juicio, constituido con escabinos, absolvió de todo culpabilidad al funcionario Rafael Neazoa y ordenó su libertad inmediata, mientras que condenó por encubrimiento a Ramón Zapata a tres años de prisión, pero habida cuenta que la pena fue cumplida, se decretó su libertad.
En el juicio oral y público que duró poco más de tres años, el Ministerio Público presentó las pruebas técnicas, documentales y testimoniales que sustentaron la acusación contra los funcionarios, siendo determinantes las pruebas de trayectorias balística e intraorgánica, de planimetría, videos, fotografías y se confirmó el testimonio de las víctimas sobrevivientes al cotejarse con las grabaciones.
Vale destacar que la sentencia del Tribunal mixto precisa que en tales sucesos se produjeron graves violaciones a los derechos humanos.
Prensa Ministerio Público
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